Gobernador busca que se pueda "Fichar" al arrestado antes de llegar al tribunal

Publicado: Febrero 6,2017 3:37pm
Gobernador busca que se pueda "Fichar" al arrestado antes de llegar al tribunal

 El gobernador Ricardo Rosselló Nevares presentará hoy un proyecto de ley que propone cambios a las Reglas de Procedimiento Criminal con el propósito de combatir con mayor efectividad el crimen, proteger a la ciudadanía y a las víctimas de delito.

La medida propone enmendar la Regla 3 para incluir dentro de la definición de magistrado a los jueces del Tribunal de Apelaciones para que puedan dictar órdenes de arresto, en caso de ser necesario, contra una persona a quien se le impute un delito.

 También, se enmendarán las Reglas 5 y 35 para establecer que en la denuncia no se hará constar el nombre, edad, dirección y demás circunstancias personales de la víctima, cuando se impute un delito grave o menos grave y que, en su lugar, se podrá identificar por medio de sus iniciales. 

En la actualidad, esta medida de protección a la víctima existe a nivel federal pero no a nivel local.

 Al mismo tiempo, se enmiendan las Reglas 6.1 y 218 para que delitos como trata humana, aborto cometido por la fuerza, robo, agresión grave en su modalidad de mutilación, disparar un arma de fuego en un sitio público o abierto al público, posesión y distribución de pornografía infantil, estén sujetos a supervisión electrónica bajo el Programa de Servicios con Antelación al Juicio. 

Además, estos delitos no tendrán el beneficio del pago del diez por ciento en efectivo al fijarse la fianza, y no tendrán derecho a diferir la fianza.

Se enmendará igualmente la Regla 10 para establecer que una orden de arresto puede ser diligenciada a cualquier hora del día o de la noche cuando se trate de delitos graves.

También se enmendará la Regla 22 para requerir que cuando se haga un arresto sin orden del tribunal, antes de que lleven a la persona detenida ante el magistrado, y luego de que el fiscal haya autorizado someter cargos, procedan a fichar mediante foto y huella a la persona. 

Así las cosas, se puede identificar si la persona es buscada por otros delitos como ocurre a nivel federal.

 Además, la Regla 23(c) será revisada para disponer que en la vista preliminar se podrá presentar la prueba de campo de sustancias controladas y los estimados de daños, cuantías o reparaciones sin tener que presentar a una persona en particular que trabajó documento con miras a evitar dilaciones innecesarias en dicha etapa y propiciar justicia rápida.

 Se enmendará también el inciso (n) de la Regla 64 a los fines de brindar mayor claridad a los términos de desestimación que corresponden a cada etapa del proceso.

Asimismo, para evitar casos de corrupción judicial, se dispondrá en la Regla 111 la anuencia del Ministerio Público y el consentimiento del tribunal para que un acusado pueda renunciar a juicio por jurado independientemente de que haya comenzado o no el juicio. Esto equipararía nuestro sistema al sistema federal.

 De otro lado, dispone como requisito en la Regla 220 que para ser fiador no se puede tener o haber tenido algún tipo de interés económico o relación de abogado cliente con el imputado. 

Esto se hace con el propósito de evitar que los imputados evadan la jurisdicción del tribunal sin supervisión del fiador o con su ayuda. 

Esta medida ya es parte del procedimiento criminal a nivel federal. 

En tanto, se establece en la Regla 228 que cuando los imputados de delitos violen las condiciones que le impusieron bajo fianza, el tribunal tendrá que revocarle automáticamente la fianza e ingresarlo a prisión.

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